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¿Qué es la NOM-001-SEMARNAT-2021?

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Fabián M.Linkedin
Fabián M.
Bionia Comercial

La NOM-001-SEMARNAT-2021 es la norma oficial mexicana que regula los límites máximos permisibles de contaminantes en las aguas residuales descargadas en cuerpos receptores de propiedad nacional.

Su objetivo es proteger la salud pública y los ecosistemas acuáticos mediante la instauración de parámetros de calidad que deben cumplir los efluentes municipales e industriales antes de su vertido. Los límites establecidos varían según el tipo de cuerpo receptor (río, mar, lago, etc.) y el origen de la descarga (doméstica o industrial).

Esta nueva versión de la norma incorpora parámetros adicionales con respecto a la versión anterior, incluyendo la regulación de metales pesados y contaminantes emergentes, como detergentes, colorantes y otros compuestos orgánicos de preocupación ambiental.

Es fundamental conocer y cumplir con esta normativa para garantizar la sostenibilidad operativa y evitar sanciones legales. Los valores específicos de cada parámetro deben consultarse directamente en los anexos de la norma vigente, ya que pueden variar según las condiciones particulares de la descarga.

¿Cuál es la última actualización de la NOM-001-SEMARNAT-2021?

Esta norma fue publicada oficialmente el 11 de marzo de 2022 en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y entró en vigor el 11 de abril de 2023, tras un periodo de transición de un año.

Esta nueva versión sustituyó a la NOM-001-SEMARNAT-1996 e incorporó ajustes importantes, incluyendo:

  • La inclusión de parámetros nuevos como color verdadero, toxicidad aguda, hidrocarburos del petróleo, detergentes y algunos metales pesados.
  • La reclasificación de los tipos de cuerpo receptor.
  • El establecimiento de límites diferenciados para descargas puntuales, intermitentes y continuas.

Estas modificaciones responden a la necesidad de alinear la normativa mexicana con estándares internacionales y mejorar la protección de los ecosistemas acuáticos y la salud pública.

Para conocer los límites exactos aplicables en cada caso, es indispensable consultar los anexos técnicos de la norma vigente, los cuales varían según el tipo de descarga y el cuerpo receptor.

¿A quién aplica la NOM-001-SEMARNAT-2021?

La NOM-001-SEMARNAT-2021 es de cumplimiento obligatorio para todos aquellos que realicen descargas de aguas residuales en cuerpos receptores de propiedad nacional, tales como ríos, lagos, arroyos, mares o suelos federales. Esta norma aplica principalmente a:

1. Sistemas Municipales:
Plantas de tratamiento operadas por autoridades municipales o concesionadas, encargadas de manejar las aguas residuales urbanas provenientes de zonas habitacionales, comerciales y de servicios.

2. Descargas Industriales:
Empresas que generan efluentes líquidos derivados de procesos productivos, tales como industrias textil, alimentaria, química, papelera, metalmecánica, farmacéutica, entre otras. Incluye tanto procesos continuos como descargas intermitentes.

3. Proyectos de Infraestructura:
Desarrollos nuevos, ampliaciones o modificaciones de infraestructura pública o privada (como parques industriales, desarrollos inmobiliarios, plantas de tratamiento, etc.) que impliquen la generación y descarga de aguas residuales en cuerpos receptores federales.

Cualquier descarga indirecta o directa en los cuerpos receptores, como ríos, lagos o drenajes, tiene que cumplir con esta norma.


¿Cómo cumplir con la NOM-001-SEMARNAT-2021 en mi empresa?

Para asegurar el cumplimiento de la NOM-001-SEMARNAT-2021, es fundamental implementar una estrategia integral de gestión de aguas residuales que combine ingeniería, operación y control normativo. A continuación, se detallan las recomendaciones clave:

1. Diagnóstico Inicial
Realizar una caracterización del efluente que incluya el volumen, composición fisicoquímica y microbiológica. Esto permite identificar los contaminantes prioritarios y seleccionar el tratamiento adecuado.

2. Diseño y Selección de la PTAR
El sistema de tratamiento debe estar dimensionado y configurado conforme a los niveles de carga contaminante, considerando etapas primaria, secundaria y terciaria según los límites establecidos para el tipo de descarga y cuerpo receptor.

3. Monitoreo Continuo y Control de Parámetros
Se deben implementar sistemas de medición y sensores para DBO, sólidos suspendidos totales (SST), nitrógeno, fósforo y otros contaminantes regulados. El monitoreo en tiempo real permite reaccionar ante desviaciones y mantener la operación dentro de norma.

4. Registro y Evidencia Documental
Mantener al día los registros operativos, bitácoras de muestreo, resultados de laboratorio, mantenimiento de equipos y reportes de cumplimiento. Esta documentación es clave en auditorías y revisiones de autoridades ambientales.

5. Capacitación del Personal Operativo
Capacitar al equipo en el manejo de plantas de tratamiento, seguridad operativa y cumplimiento normativo. 

6. Mantenimiento y Auditoría Interna
Establecer un programa de mantenimiento predictivo y correctivo, junto con auditorías internas periódicas para detectar fallos potenciales, garantizar la estabilidad del proceso y anticiparse a observaciones regulatorias.

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¿Qué sanciones existen por incumplir la NOM-001-SEMARNAT-2021?

El incumplimiento de la NOM-001-SEMARNAT-2021, ya sea por realizar descargas no autorizadas, exceder los límites permisibles o no contar con la documentación técnica exigida, puede derivar en sanciones administrativas, económicas, penales y reputacionales. Entre las principales consecuencias se encuentran:

1. Multas Económicas
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) establece sanciones que pueden oscilar entre cientos de miles hasta varios millones de pesos, dependiendo de factores como:

  • Volumen y toxicidad de la descarga.

  • Daño potencial o real al ecosistema receptor.

  • Reincidencia o dolo.

2. Clausura Temporal o Definitiva
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) puede suspender parcial o totalmente las actividades de la instalación, incluyendo el cierre de la planta o el sitio de generación de descargas.

3. Responsabilidad Penal
Cuando el incumplimiento genera un daño ambiental grave, pone en riesgo la salud pública o afecta zonas protegidas, pueden aplicarse sanciones penales conforme al Código Penal Federal y la Ley Federal de Responsabilidad Ambiental. Esto incluye:

  • Multas penales.

  • Arrestos.

  • Obligaciones de remediación.

4. Daño Reputacional y Exclusión Comercial
Además de las consecuencias legales, las empresas pueden enfrentar una pérdida de confianza por parte de inversionistas, clientes y autoridades, lo que afecta su posicionamiento, elegibilidad en licitaciones y oportunidades de negocio.

¿Cuáles son los límites máximos permisibles de contaminantes en aguas residuales?

La NOM-001-SEMARNAT-2021 establece los límites máximos permisibles de contaminantes en aguas residuales descargadas en cuerpos receptores nacionales, diferenciando por:

  • Tipo de fuente: descarga municipal o industrial.

  • Tipo de cuerpo receptor: ríos, lagos, mar, zonas protegidas, entre otros.

  • Condición de la descarga: puntual, intermitente o continua.

A continuación, se presentan valores referenciales orientativos para algunos de los principales parámetros, en condiciones estándar de descarga superficial:

Parámetro Límite para descarga municipal Límite referencial para descarga industrial
DBO₅ (Demanda Bioquímica de Oxígeno) ≤ 50 mg/L 100 – 200 mg/L (según sector y receptor)
SST (Sólidos Suspendidos Totales) ≤ 50 mg/L 100 – 150 mg/L
Aceites y Grasas ≤ 10 mg/L ≤ 20 mg/L
Nitrógeno Total Kjeldahl (NTK) ≤ 15 mg/L ≤ 30 mg/L
Fósforo Total ≤ 1.0 mg/L ≤ 2.0 mg/L

¿Qué planta de tratamiento necesito para cumplir la NOM-001-SEMARNAT-2021?


La selección de una Planta de Tratamiento de Aguas Residuales (PTAR) adecuada depende fundamentalmente de dos factores:

  • El tipo y concentración de contaminantes presentes en el efluente.

  • El volumen y frecuencia de la descarga.

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Para cumplir con los límites máximos permisibles establecidos en la NOM-001-SEMARNAT-2021, la solución debe diseñarse a medida, integrando las siguientes etapas:

🛠️ 1. Tratamiento Primario

Objetivo: remoción de sólidos grandes y sedimentables.
Componentes típicos:

  • Rejas y tamices.

  • Desarenadores y trampas de grasas.

  • Tanques de sedimentación primaria.

🌿 2. Tratamiento Secundario (Biológico)

Objetivo: degradación de materia orgánica (DBO₅) y reducción de sólidos suspendidos (SST).
Tecnologías comunes:

  • Sistemas de lodos activados.

  • Biofiltros percoladores o MBBR.

  • Reactores aeróbicos de mezcla completa.

💧 3. Tratamiento Terciario (Pulido y Desinfección)

Objetivo: reducir parámetros residuales como turbidez, nutrientes y patógenos.
Procesos habituales:

  • Filtración avanzada (arena, carbón activado, membranas).

  • Desinfección por UV, ozono o cloración.

  • Remoción de nitrógeno y fósforo (desnitrificación biológica, precipitación química).

⚗️ 4. Tratamientos Especializados (cuando aplica)

Para efluentes con alta carga de metales pesados, solventes u otros compuestos no biodegradables, pueden ser necesarios:

  • Ósmosis inversa.

  • Reactores físico-químicos de precipitación.

  • Procesos de oxidación avanzada (AOPs).

Consideraciones Clave para el Cumplimiento

  • Diagnóstico inicial completo: caracterización del efluente (DBO, SST, metales, pH, nutrientes, etc.).

  • Diseño de PTAR ajustado a normatividad y uso final del agua tratada.

  • Monitoreo continuo: uso de sensores y muestreo periódico conforme a métodos oficiales.

  • Mantenimiento y registros documentales actualizados.

Cumplir con la NOM-001-SEMARNAT-2021 no solo evita sanciones, sino que fortalece el compromiso ambiental de la empresa, mejora su competitividad y permite acceder a licencias, certificaciones y contratos con mayor exigencia ambiental.

Mantente al día con la norma, revisa sus anexos específicos y adopta las mejores prácticas en el manejo de aguas residuales.

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